Se investiga el vertido ilegal de efluentes contaminantes al ecosistema del Río Salado, en violación a la Ley N°24.051 de residuos peligrosos.
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<p><a href="https://noticiasargentinas.com/"><strong>Buenos Aires, 3 diciembre (NA)</strong></a><strong> </strong>-- El <strong>presidente</strong> de un frigorífico de la ciudad de Azul fue <strong>procesado</strong> por <strong>impurificar el Río Salado</strong> al verter de manera ilegal <strong>efluentes contaminantes</strong>, en violación a la Ley N°24.051 de residuos peligrosos.</p>
<p>El juez federal de Azul, <strong>Gabriel Di Giulio</strong>, procesó al presidente del <strong>frigorífico La Canaria S.A.</strong> en el marco de una causa que investiga el vertido ilegal de efluentes contaminantes.</p>
<p>La investigación se inició tras una denuncia presentada por la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), a cargo del fiscal federal Ramiro González, a partir de <strong>“imágenes difundidas por un medio periodístico que mostraban la descarga directa de efluentes industriales en aguas vinculadas al sistema del Río Salado”.</strong></p>
<p>Desde el portal <em>Fiscales</em> informaron que con el avance de la pesquisa se realizaron inspecciones por parte de la Autoridad del Agua (ADA), del Ministerio de Ambiente de la provincia y del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal (PFA) que constataron <strong>“infracciones ambientales reiteradas y la presencia de parámetros contaminantes por encima de los límites permitidos en, al menos, tres oportunidades entre 2023 y 2025”.</strong></p>
<p>En el escrito, según supo la <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Noticias_Argentinas" target="_blank" rel="noopener nofollow"><strong>Agencia Noticias Argentinas</strong></a>, valoró los <strong>informes técnicos y periciales</strong> que demostraron la presencia reiterada y sistemática de <strong>DBO (Demanda Biológica de Oxígeno), DQO (Demanda Química de Oxígeno), fósforo total, sólidos sedimentables y coliformes fecales</strong> por encima de los límites permitidos.</p>
<p>Todos estos elementos configura la existencia de residuos peligrosos con aptitud para <strong>afectar el ambiente y la salud pública.</strong></p>
<p title="KAOYAJoBhIEECUBI5GI0sg" data-ipspy="KAOYAJoBhIEECUBI5GI0sg">El imputado, que <strong>no declaró</strong>, pero sí presentó un <strong>descargo por escrito</strong>, alegó que se trataba de irregularidades administrativas y que la empresa había implementado mejoras.<span data-nosnippet="">KAOYAJoBhIEECUBI5GI0sg</span></p>
<p>Con los elementos obtenidos, el magistrado determinó la existencia de una acción delictiva, que establece una <strong>pena de entre 3 y 10 años de prisión</strong>, a quien “utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.</p>
<p>El juzgado resolvió <strong>procesar, sin prisión preventiva</strong>, al presidente de la firma y ordenar un <strong>embargo por $10 millones</strong>. A su vez se <strong>rechazó el sobreseimiento que había planteado la defensa. </strong><a href="https://noticiasargentinas.com/-agenciana_t6916e70a4551e78eb9423f59">#AgenciaNA</a> </p>
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